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Pensión para ejidatarios

Mucha gente del campo desconoce que tiene derecho a una pensión, este podría ser tu caso, o el de alguien que conozcas, si es así no dudes en acercarte al Seguro Social o a los especialistas en asesorar a las personas en su retiro o pensiones.

A la entrada en vigor de la Ley de Seguro Social de 1995 prevalecieron varias modalidades de inscripción que por decreto facilitaban el acceso de distintas organizaciones del campo al régimen obligatorio, sin embargo, se decide consolidar en una sola y se crea la Modalidad 43.

Para la época del gobernador, Víctor Cervera Pacheco, se llevó una inscripción de los ejidatarios en el Registro Agrario Nacional (RAN) -ahora un órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano-. El RAN se encarga del control de la tenencia de la tierra ejidal y comunal, de brindar la seguridad jurídica documental derivada de la aplicación de la Ley Agraria. Todos aquellos que se registraron tienen por decreto de ley una pensión al cumplir 65 años.

¿Quiénes tienen derecho a esta pensión?
1. Ejidatarios.
2. Comuneros.
3. Colonos.
4. Pequeños propietarios.
5. Miembros de las diversas formas de organización constituidas legalmente.

Todos aquellos que se registraron en el RAN debieron definir su situación, para ello se plantearon las opciones siguientes:

*Permanecer en el régimen obligatorio como trabajadores sujetos a una relación laboral.
*Incorporarse al régimen obligatorio como trabajadores de campo.

¿Cómo puedo acceder a dicha pensión? Se recomienda hacer un primer acercamiento en las ventanillas del Seguro Social. posteriormente pedir el centificado en el Registro Agrario Nacional (SEDATU) pagar un derecho y esperar un aproximado de 90 días para que se les dé el certificado agrario.

Al tener el certificado agrario automáticamente tienen el beneficio, se pide hacer un solo pago de $8,600 pesos para recuperar las semanas atrasadas. Después se deja transcurrir un año, posterior a esto se dará una pensión de $2,700 pesos mensuales además de seguridad social para ellos y sus esposas. Esa inversión de un único pago será recuperada en menos de un año, además de poder gozar de los beneficios de ser derechohabiente del IMSS.

Es importante hacer el trámite a tiempo y asesorarnos con las personas adecuadas

IMAGEN4Los asesores Jorge Dzul y Juan Carlos Sansores buscan promover casos de éxito. Nos comentan que la complejidad muchas veces se da por los nombres, en ocasiones los campesinos se tienen dado de alta con un nombre en el Seguro Social, otro en el RAN y otro en el Registro Civil. Es importante que la gente investigue si cree que puede contar con ese recurso, sobre todo si ya tienen 60/63 años, porque es un poco tardado el trámite.

¿Cuáles son las dificultades? 1) Muchas personas no cuentan con el dinero para hacer el pago único. 2) Lo complejo del sistema burocrático. 3) El llenado de los formularios. 4) Si el beneficiario fallece, la viuda no tiene la conservación del derecho. 5) “Tramitadores” que sólo estafan. Pero hay especialistas que les puede asesorar a un costo variable.

Se debe ir rompiendo el temor de invertir, saber en quien confiar, ser también intuitivos, no dar el dinero a manos llenas, acompañar a los tramitadores al momento de realizar los pagos.

Contacto:
Cel: 9991912776 Jorge Dzul
Correo: Jorge_some@hotmail.com
SEDATU: (999) 920-47-46

Por Gabriela Pérez

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