La Semarnat actualizó los lineamientos para la atención de la contingencia ocasionada por sargazo en el Caribe Mexicano y el Golfo de México.
CIUDAD DE MÉXICO.- Tomando como base que el manejo inadecuado del sargazo que arriba a las playas genera en su descomposición gases de efecto invernadero, que afectan la salud humana, la calidad del aire y composición bioquímica del ecosistema costero, la Semarnat en coordinación con el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), actualizaron los Lineamientos Técnicos y de Gestión para la Atención de la Contingencia Ocasionada por Sargazo en el Caribe Mexicano y el Golfo de México.
En un documento de 50 páginas, advierten que los lixiviados de estas algas introducen enormes cantidades de compuestos orgánicos (por ejemplo, taninos) e inorgánicos (nitratos, fosfatos y metales) a las reservas de agua dulce.
La presencia de compuestos inorgánicos como los nitratos y fosfatos, así como la utilización de maquinaria y equipo no adecuados para remover el sargazo de la playa, provoca afectaciones a la biodiversidad marina, así como la alteración y desestabilización de los perfiles de playa, pérdida de sedimentos, compactación del suelo, eliminación periódica de residuos naturales acumulados, eliminación de vegetación y alteración del proceso de formación de dunas”, alerta.
Adicionalmente, señala que cuando las actividades de remoción de sargazo que emplean maquinaria no se realizan de manera adecuada, representan una amenaza para especies especialmente sensibles, como las tortugas marinas, “pues dicha remoción conlleva el riesgo de causar la muerte por aplastamiento, particularmente de las hembras anidadoras o las crías recién nacidas que se encuentren en la playa”.
Ante esta situación, se orienta a entidades del gobierno federal, estatal y municipal, así como a concesionarios de la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) o voluntarios sobre especificaciones técnicas y de manejo para el manejo del sargazo.
Recurso pesquero
Las disposiciones generales establecen las reglas básicas para la recolección del sargazo en la zona marina y costera; manejo integral; recomendaciones en materia de salud y seguridad; retiro del sargazo en las playas de anidación de tortugas marinas; monitoreo de los volúmenes recolectados y sus posibles usos.
En este sentido, el sargazo puede ser recolectado y procesado con fines de aprovechamiento tanto en mar abierto, en la zona cercana a la costa y directamente en playa, atendiendo en todo momento los avisos, permisos, autorizaciones y normatividad aplicable para cada caso.
Para todas aquellas actividades que requieran recolectar el sargazo en fresco y en estado flotante, ya sea en mar abierto o cercano a la costa, debe ser considerado como un recurso pesquero y las actividades de recolección se deberán apegar a la normatividad vigente aplicable en materia de recursos pesqueros, como los permisos de pesca de fomento, y cualquier otro permiso solicitado por las autoridades competentes.
Las embarcaciones empleadas para la recolección deben estar apegadas a la Ley de General de Pesca y Acuacultura Sustentables (LGPAS), y debe seguir las disposiciones establecidas en los lineamientos con relación al retiro de sargazo en mar abierto, barreras y playa.
Residuo de manejo especial
Para todas aquellas actividades que requieran colectar el sargazo en estado de descomposición en la costa, barreras de contención, sitios de transferencia y/o disposición final, el alga deberá ser considerada como residuo de manejo especial susceptible de ser valorizado en apego a la normatividad aplicable.
Los residuos de manejo especial son aquellos generados en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos o como residuos sólidos urbanos, que son regulados por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR).
Algunos residuos de manejo especial son los generados por las actividades pesqueras, agrícolas, silvícolas, forestales, avícolas y ganaderas; lodos provenientes del tratamiento de aguas residuales; desechos de la construcción, mantenimiento y demolición en general, por ejemplo.
En el caso de los productos terminados es responsabilidad de quien los fabrique analizar que el contenido de sargazo no rebase los límites permisibles por la normatividad aplicable para contenido de sales, compuestos orgánicos dañinos, metales y cualquier otro compuesto potencialmente nocivo de acuerdo con su uso.
Remoción en 72 horas
Algunas de las indicaciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y el INECC, son que la remoción del sargazo de la playa deberá ser realizada dentro de las 72 horas posteriores a su arribada; el sargazo debe ser retirado de las playas manualmente, cuando no sea posible por la gran cantidad, se podrá utilizar maquinaria que no afecte la dinámica litoral y la biodiversidad de las playas.
Toda embarcación utilizada en el retiro de sargazo de una barrera de contención, deberá contar con una persona dedicada a la detección de fauna atrapada en el sargazo o capturada incidentalmente al removerlo, con la finalidad de recuperarla y posteriormente reintegrarla al mar en zonas cercanas.
Los municipios deberán definir los puntos de acopio cercanos a la playa para la descarga del sargazo recolectado en mar y aguas someras. Por ningún motivo se deberá acopiar sargazo sobre la Zofemat.
En caso de existir generación de lixiviados, se deberá implementar un sistema de captación y tratamiento de los jugos tóxicos que se generan por la descomposición del alga, y de ser necesario se deberá contar con una geomembrana que impidan su paso al subsuelo y mantos freáticos.
En ningún caso, se podrá usar maquinaria en la zona seca de la playa, principalmente en lugares de anidación de tortugas marinas; todos aquellos que lleven a cabo labores de recolección de sargazo deberán llenar un reporte en línea; el sargazo será medido en metros cúbicos, para efectos de reporte se utilizará el estándar de un metro cúbico de sargazo es equivalente a 275 kilogramos de peso.
ERNESTO MÉNDEZ. EXCÉLSIOR.