El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria reportó la presencia del virus en una granja yucateca, por lo que decretó medidas para evitar su difusión en todo el país. / Con información de El Heraldo de México
El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) reportó la presencia del virus de Influenza Aviar tipo A, subtipo H5N1, en una granja del municipio de Umán, por lo que se impuso cuarentena interna en todo el estado de Yucatán.
El virus se pudo detectar derivado de las actividades de vigilancia epidemiológica que se realiza en el país para la detección de enfermedades exóticas y tras realizar una prueba diagnóstica de Transcripción Reversa de la Reacción en Cadena de la Polimerasa en Tiempo Real (RT-PCR) en una unidad de producción avícola.
En un documento firmado por el director general de Senasica, Juan Gay Gutiérrez, y que fue entregado al Secretario de Desarrollo Rural de Yucatán, Jorge André Díaz Loeza, le solicitó que para amortiguar los riesgos de difusión y diseminación del virus de Influenza Aviar (IA) a la avicultura nacional informe sobre dicha cuarentena a todos los propietarios, intermediarios, comercializadores y personas físicas o morales relacionadas con la producción, acopio, industrialización, transporte y comercialización de aves, sus productos y subproductos.
Entre las disposiciones zoosanitarias que se tendrían que realizar en las unidades de producción que resulten afectadas con el virus de Influenza Aviar tipo A, destaca la despoblación, que significa la matanza sanitaria de las aves que se encuentren en la granja, la destrucción de las carcasas, desechos y materiales contaminados, seguida de una meticulosa limpieza y desinfección de las instalaciones.
Además, toda movilización de aves vivas de cualquier edad y función zootécnica, por considerarse de alto riesgo zoosanitario, deberá realizarse con Aviso de Movilización Avícola (AMA), acompañado del oficio de autorización emitido por esta Dirección General de Salud Animal (DGSA), el calendario de movilización y la constancia de desinfección del vehículo y de las jaulas en las que se realice el traslado de las aves, expedida por el Médico Veterinario Responsable Autorizado en Aves (MVRA), además de los resultados negativos a Influenza Aviar por la prueba de RT-PCR, con vigencia de siete días.
La Senasica informó que la medida cuarentenaria podrá ser levantada cuando se compruebe que no existe riesgo
Los vehículos y jaulas en los que se transporten las aves deberán ser lavados y desinfectados previo a su embarque, actividad que deberá certificar el Médico Veterinario responsable de la granja, entre otras medidas.
Para el caso de huevo para plato y huevo fértil, de las granjas que se ubican fuera de la zona de riesgo, deberán presentar resultados negativos a influenza aviar con vigencia de no mayor a 20 días.
Además, queda estrictamente prohibida la movilización de gallinaza y pollinaza fuera de las unidades de producción avícolas, hasta en tanto no sea retirada la alerta epidemiológica.
La Senasica informó que la medida cuarentenaria podrá ser levantada cuando se compruebe que no existe riesgo para la avicultura nacional y se confirme la ausencia de circulación del virus.
De igual manera dio a conocer que otras 10 granjas se ubican en zona de riesgo, por estar alrededor del lugar en donde se detectó el brote.